Abogado para reclamación
de deudas en Pontevedra

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Tiene una deuda impagada y no sabe si merece la pena reclamar. Es la duda más frecuente que nos trasladan autónomos y empresas antes de una primera consulta. Y la respuesta, en la mayoría de los casos, es sí.
El desconocimiento del proceso lleva a muchos a resignarse. Reclamar con el respaldo legal adecuado es más sencillo y efectivo de lo que parece.

¿Cómo se reclama una deuda?

Dependiendo del importe y de la documentación disponible, existen distintas vías judiciales. El proceso monitorio es especialmente eficaz para deudas documentadas: es rápido, no requiere juicio en la mayoría de los casos y permite embargar bienes si el deudor no paga ni se opone. Para otros supuestos existe el juicio verbal o el juicio ordinario. En todos los casos le explicaremos desde el principio qué vía es la más adecuada para su situación, cuáles son los plazos y qué probabilidades reales de éxito tiene.

¿A quién ayudamos?

  • Autónomos con facturas impagadas por clientes o contratistas
  • Empresas con deudores morosos
  • Particulares con préstamos o deudas entre privados sin cobrar
  • Comunidades de propietarios con cuotas sin abonar

¿Y si el deudor dice que no tiene bienes?

Es la pregunta que más nos hacen. No tener bienes en el momento de reclamar no significa que no pueda recuperar su dinero. Una sentencia favorable tiene validez durante años y puede ejecutarse cuando el deudor tenga patrimonio o ingresos. Además, existen mecanismos para investigar el patrimonio del deudor de forma legal.

Los plazos también importan

Las deudas prescriben. Dependiendo del tipo, el plazo puede ser de tres, cinco o más años. Si lleva tiempo con una deuda pendiente, no lo deje pasar más: consúltenos para saber cuánto tiempo le queda para actuar.

Preguntas frecuentes

Depende del tipo de deuda. Las deudas entre particulares y las facturas de autónomos prescriben generalmente a los cinco años. Consúltenos si no está seguro de su situación.
Es un procedimiento judicial diseñado específicamente para el cobro de deudas dinerarias documentadas. Es más rápido que un juicio ordinario y muy efectivo cuando el deudor no se opone o no puede justificar la deuda.
Puede valer la pena. En los procesos monitorios por importes bajos, los costes son reducidos. Consúltenos el caso concreto y le damos una valoración honesta.